LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO.
Artículo 99. Además de lo señalado en el artículo 91 de la presente Ley, los partidos políticos locales, las agrupaciones políticas locales y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información.
Información no disponible